Ante la declaración de Estado de Emergencia en Colombia por la propagación del virus Covid-19, el presidente de la república ordenó cerrar los pasos marítimos, terrestres y fluviales, además de los vuelos provenientes del exterior, pero se garantiza el ingreso de carga.
Con el fin de garantizar un abastecimiento de alimentos, mercancía y material médico en todo el país, el Gobierno Nacional decidió, en medio de la declaración de Estado de Emergencia, garantizar el tránsito de carga.
Aunque los cierres de los pasos fronterizos con los países vecinos y los ingresos de pasajeros por mar, tierra y aire persisten, el presidente de la República, Iván Duque, determinó medidas que permitan que el país pueda sostenerse mientras dure la emergencia generada por la pandemia originada en China.
Así, según el mandatario y la Asociación Nacional de Comercio Exterior (Analdex), “los decretos 402 y 412 expedidos por el Ministerio del Interior y por los cuales se cierran los pasos marítimos, terrestres y fluviales de frontera con Brasil, Ecuador, Panamá, Perú y Venezuela, aplican únicamente para el tránsito de personas”. También añaden que “se excluye de la aplicación de la medida mencionada el transporte de carga”.
Adicionalmente, se garantizará una facilidad aduanera en cuanto a la importación de productos e insumos médicos que permiten el diagnóstico, la atención y la contención de la enfermedad en todo el territorio nacional.